Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260276
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260276
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Segunda Parte; Pág. 12
CUERPO DEL DELITO, NO HAY REGLA UNICA PARA SU COMPROBACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Segunda Parte; Pág. 12
Para la comprobación del cuerpo del delito no existe una regla única a la que deba atenerse el juzgador en todo tiempo; de manera que si lo que se trata es establecer plenamente que tuvo lugar el hecho imputado, es para demostrarse plenamente ello, el tribunal puede valerse de cualquier medio probatorio.
Precedentes
Amparo directo 662/62. Manuel Caudillo Villalobos. 9 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.