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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260294
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Segunda Parte; Pág. 37
ROBO, REPARACION DEL DAÑO EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Segunda Parte; Pág. 37
Demostrado el cuerpo del delito de robo con la prueba de que la ofendida se hallaba en situación de poseer la suma robada, que disfruta de buena opinión y que formuló su denuncia ante la Procuraduría General de Justicia, y establecida la responsabilidad penal de los inculpados, la condena a reparar el daño por el monto del robo, resulta legal.
Precedentes
Amparo directo 5233/61. Pedro Maldonado y coagraviado. 3 de mayo de 1962. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Manuel Rivera Silva.