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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 18
CONDENA CONDICIONAL, NEGATIVA EN CASO DE TRAFICO DE ENERVANTES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 18
La negativa de la condena condicional no viola garantías en perjuicio del acusado si se funda la negativa en la prohibición expresa contenida en el párrafo final del artículo 194 del Código Penal, para los que trafiquen con enervantes.
Precedentes
Amparo directo 8230/61. Manuel Luna López. 26 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.