Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260318
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 26
CHEQUES ANTEDATADOS, COMPUTO DE LOS TERMINOS PARA EL COBRO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 26
Si un cheque fue antedatado, debe partirse para el cómputo de los términos en que el cheque debe ser presentado al cobro, la fecha inscrita en el documento.
Precedentes
Amparo directo 9123/61. Manuel Bernardo Vázquez. 3 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.