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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 31
FRAUDE POR SIMULACION, DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 31
Si la relación de los hechos demuestra que el acusado, teniendo conocimiento pleno de que, requería de pago, embargaba y emplazaba a un muerto, siguió un juicio ejecutivo mercantil reclamando una cantidad a sabiendas de que el deudor hacía varios años había fallecido y por tanto no acudiría al juicio y además lo requirió y emplazó por medio de una supuesta persona, en un domicilio en donde se demostró que no conocen ni nunca ha tenido su domicilio el demandado, simulando de esta manera los escritos judiciales que constituyen el juicio ejecutivo mercantil, se concluye que con perfecto conocimiento de que estaba cometiendo un acto ilícito, simuló un juicio para apoderarse de la casa propiedad de una persona fallecida años antes, y esto con perjuicio de los herederos, pues logró que se rematara y adjudicara a su favor una casa de la propiedad del demandado, por lo que se estima que se cometió el delito de fraude a que se refiere la fracción X del artículo 386 del Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 7112/61. Filomeno Solís Vargas. 12 de abril de 1962. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.