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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260345
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 40
LEGITIMA DEFENSA INEXISTENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 40
El reo no estuvo en presencia ni repelió una agresión actual y violenta en la que hubiera derivado un peligro inminente sobre su persona, si entró a su casa y sacó el arma con que causó la muerte del occiso y lógicamente se entiende que con el sólo hecho de haber permanecido en el interior de su casa habría podido evitar cualquiera agresión en caso de haber existido.
Precedentes
Amparo directo 8238/61. Celso García Estrada. 3 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.