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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260357
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 59
RAPTO INEXISTENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 59
Si el acusado, por la violencia física se apodera de una mujer, pero no la sustrae de su modo ordinario de vida, pues no autoriza a considerarlo así el hecho de que la cargue hasta un determinado lugar, si ello acontece en un corto lapso y en un camino público, no puede sostenerse razonablemente que con su proceder, la aísle de su medio ambiente.
Precedentes
Amparo directo 2837/61. Lorenzo Fragoso. 25 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.