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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 73
ROBO COMETIDO POR DEPENDIENTES. CALIFICATIVA NO PROBADA (CONSECUENCIAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 73
Si la calificativa por la que se condenó al acusado, es la de la fracción V del artículo 380 del Código Penal, por tratarse de dependiente, y no se comprobó en la causa, pues tal calificativa prevé el caso de un dependiente que se apodera de bienes de los clientes de la casa comercial a la que sirve y en la especie el inculpado sustrajo bienes pertenecientes a la empresa con la que trabajaba, en esa virtud, no se comprobó la calificativa por la cual se le condenó al acusado, y procede conceder el amparo para que la responsable dicte nueva sentencia en la que imponga la pena correspondiente al delito de robo simple.
Precedentes
Amparo directo 2781/61. Oscar Luna Loyo. 25 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.