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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 10
ALLANAMIENTO DE MORADA, NO INTEGRACION DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 10
Si de las constancias procesales consta en forma fehaciente, que una vivienda se comunicaba con una cantina mediante una puerta que permanecía abierta, y por ella penetró el acusado, cliente de dicha cantina, logrando llegar hasta el sanitario correspondiente a tal vivienda para hacer uso de él, no se integra el delito de allanamiento de morada por ausencia de sus elementos constitutivos, pues en las condiciones anotadas existió un motivo justificado, explicable del actuar del agente.
Precedentes
Amparo directo 6875/61. Fausto Arévalo Avalos. 2 de marzo de 1962. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.