Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260393
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 17
CONTRABANDO, COAUTORIA EN EL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 17
Aun suponiendo muy ignorante al quejoso, es patente su deliberado propósito de eludir los impuestos, si según el acta administrativa del caso, que firmó de conformidad el reo, parte de los paquetes se encontraban acomodados entre los resortes del asiento de su automóvil, de lo cual se desprende su coautoría en la omisión deliberada del pago de los impuestos de importación correspondientes, quedando plenamente demostrado en autos el delito de contrabando previsto en el artículo 242, fracción I, del Código Fiscal de la Federación.
Precedentes
Amparo directo 3174/61. Roberto Guerrero Rosillo. 19 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.