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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 28
ENERVANTES, POSESION DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 28
Si únicamente se ejercitó el arbitrio judicial para la imposición de las penas por el delito contra la salud en la modalidad de posesión, aun cuando se expresa en la sentencia que la mencionada posesión tenía fines de tráfico, con ello no se violan las garantías individuales del inculpado.
Precedentes
Amparo directo 956/61. Rodolfo Moreno Argueta. 16 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.