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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 54
PREMEDITACION, ALEVOSIA Y VENTAJA (CALIFICATIVAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 54
Indudablemente el homicidio fue cometido con premeditación, si está demostrado que los inculpados con anterioridad habían decidido dar muerte al occiso, persistiendo en su ánimo el propósito criminal; también quedó evidenciado que la víctima fue atacada sorpresivamente, si la misma no estuvo en condiciones de defenderse ni de evitar el mar que sufrió. Con relación a la ventaja, también estuvo en lo justo el sentenciador al tenerla por comprobada si está demostrada la superioridad del acusado respecto al victimado, en virtud no solamente de que portaba un arma de fuego, sino atendiendo también a las condiciones del ataque, en las cuales, sin duda, los atacantes no corrieron riesgo alguno de ser muertos o heridos por el ofendido.
Precedentes
Amparo directo 7386/61. Marcelino y Antonio López Zúñiga. 30 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.