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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 62
USURPACION DE PROFESION, DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Segunda Parte; Pág. 62
El cuerpo del delito de usurpación de profesión, así como la responsabilidad penal de la quejosa quedaron plenamente demostrados en autos, en cuanto expresó ante el Ministerio Público y confirmó en su preparatoria que, desde hacía "como seis o siete años, ha venido atendiendo diversos alumbramientos", sin tener título como partera, ni autorización alguna para ejercer como tal.
Precedentes
Amparo directo 2505/61. María Guadalupe López Díaz. 19 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.