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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260479
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Segunda Parte; Pág. 39
HOMICIDIO SIMPLE INTENCIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Segunda Parte; Pág. 39
Las circunstancias de que el quejoso sin causa ni motivo realizara el disparo contra su amante lesionándola mortalmente, constituye una manifestación de voluntad directamente encaminada a la producción del resultado, luego es inexacto que el quejoso hubiera causado el homicidio por imprudencia, la cual se caracteriza porque el sujeto no prevé un acto previsible y evitable.
Precedentes
Amparo directo 4995/61. Mauro Zambrano Soria. 26 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.