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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Segunda Parte; Pág. 39
LEY APLICABLE CONTEMPORANEA AL DELITO, QUE NO RESULTA RETROACTIVA EN PERJUICIO DEL REO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Segunda Parte; Pág. 39
Si la ley del caso estatuye que la pena capital se conmute por determinado tiempo de prisión, cuando transcurran más de cinco años desde la comisión del delito hasta cuando se pronuncie el fallo, y dentro de ese lapso se modifica la ley aumentando la duración de la prisión imponible, debe aplicarse la norma contemporánea al delito, porque la aplicación de la nueva ley resultaría retroactiva en perjuicio del quejoso.
Precedentes
Amparo directo 3801/61. Celedonio Treviño Ríos. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.