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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260539
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Segunda Parte; Pág. 39
LEY DE AGUAS DE PROPIEDAD NACIONAL, COMPETENCIA EN CASO DE DELITO PREVISTO EN.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Segunda Parte; Pág. 39
Un ilícito es de la competencia de los tribunales federales, si se trata de un delito previsto en la Ley de Aguas de Propiedad Nacional, que es, a no dudarlo, una ley federal, y este fuero es absorbente respecto al delito de daño en propiedad ajena, para no dividir la continencia de la causa.
Precedentes
Amparo directo 1154/61. Basilio Aguado González. 12 de enero de 1962. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Manuel Rivera Silva. Ponente: Alberto R. Vela.