Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260596
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 16
CUMPLIMIENTO DEL DEBER, NO AUTORIZA HOMICIDIO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 16
Obrando en cumplimiento de un deber, es obvio que la ley no autoriza a que se prive de la vida a un fugitivo, porque existen otros medios legales para lograr su captura.
Precedentes
Amparo directo 4161/61. Moisés López García. 16 de noviembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.