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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 24
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, FALTA DE QUERELLA (CONSECUENCIA LEGAL).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 24
Si en la sentencia no se tomó en consideración que no existe querella cuando es necesaria conforme a lo dispuesto por el artículo 62 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, resulta violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo directo 5014/ 61. Lázaro López Palacios. 27 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.