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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 33
IMPRUDENCIA (VEHICULOS) PARA SER PUNIBLE DEBE SER PREVISIBLE EL RESULTADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 33
Es cierto que el deber de previsión de quienes manejan vehículos de servicio público les impone la obligación de conducir con el máximo de precauciones, pero el deber de previsión tiene como límite la posibilidad de prever, que es correlativa, sin que pueda estimarse que el manejador está obligado a la previsión de cualquier contingencia posible.
Precedentes
Amparo directo 3368/61. Celedonio Medrano H. 8 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.