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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 40
LEGITIMA DEFENSA INEXISTENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 40
Si el quejoso, después del ataque de que fue víctima fue a su domicilio a buscar un arma, no subsiste un peligro inminente para él; de tal manera, no existiendo la situación objetiva y subjetiva de legítima defensa tampoco pudo existir el exceso en ella.
Precedentes
Amparo directo 4851/61. Regino Carrillo Tinoco. 23 de noviembre de 1961. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan José González Bustamante. Ponente: Alberto R. Vela.