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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 53
PERDON OTORGADO DESPUES DE FORMULADAS CONCLUSIONES (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 53
Si el perdón otorgado por la madre de la menor ofendida se concedió después de que el Ministerio Público formuló conclusiones, no se está en el caso de extinción de la acción penal previsto en el artículo 92 del Código Penal de Tamaulipas.
Precedentes
Amparo directo 5495/61. José Raymundo Sánchez. 16 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.