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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 55
POLICIA DE CAMINOS, VALOR DE LOS INFORMES RENDIDOS POR LOS AGENTES DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 55
La Suprema Corte de Justicia ha declarado que los informes de los agentes de la Policía de Caminos tienen importancia como piezas procesales, en atención a que en ellas los agentes hacen constar hechos relativos a sus funciones y con base en la experiencia y conocimiento en la materia, por lo que si en esa prueba se apoya la responsabilidad de un inculpado tal circunstancia no puede causarle agravio alguno.
Precedentes
Amparo directo 2016/61. Francisco González Gámez. 22 de noviembre de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.