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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 57
REINCIDENCIA, DECLARACIONES QUE NO CAUSAN AGRAVIO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 57
Si la responsable incurrió en error técnico al reputar reincidente al acusado, tal equivocación no implicó violación de garantías del quejoso si no se le agravó la penalidad en función de la reincidencia.
Precedentes
Amparo directo 4206/61. Miguel Rodríguez Méndez. 14 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.