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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 12
CICATRIZ NOTABLE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 12
La apreciación de la notabilidad de una cicatriz, por ser de carácter sensorial corresponde hacerla al juzgador, y si en autos solamente se asentó que el procesado "presenta una cicatriz en la cara, como de un centímetro" sin referirse a si es notable o no, debe estimarse incomprobada la primera clasificación por la que se agravó la penalidad al quejoso.
Precedentes
Amparo directo 702/61. Vitalino Villanueva. 5 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.