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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260670
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 43
ENCUBRIMIENTO (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 43
El cuerpo del delito de encubrimiento a que se refiere la fracción III del artículo 386 del Código Penal, se encuentra legalmente comprobado en los términos del artículo 171 del enjuiciamiento penal, ambos vigentes en el Estado de Tamaulipas, si se encuentra que el acusado recibió en prenda un objeto a cambio de una cantidad de dinero, sin haber tomado las precauciones indispensables para asegurarse de que la persona de quien recibió la cosa en prenda tenía derecho para disponer de ella.
Precedentes
Amparo directo 2372/61. Ramón Gallegos Rodríguez. 17 de octubre de 1961. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.