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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 50
HOMICIDIO TUMULTUARIO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 50
El hecho de que el auto de formal prisión se haya dictado por la coautoría del ahora quejoso en el delito de homicidio y que la sentencia se refiera a la autoría en homicidio tumultuario, según textualmente expresa el juzgador, no puede agraviar al reclamante; antes bien, es más reducida la penalidad del homicidio que se califica en la resolución de tumultuario, que el simple o el cometido sólo con la modificativa de riña. Por ende, resulta incuestionable que en un homicidio como el que se estudia, necesariamente opera la coautoría, pues es supuesto indispensable que intervengan varios sujetos atacando a la víctima.
Precedentes
Amparo directo 4366/60. Juan Galicia Ramírez. 31 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.