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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260683
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 52
IMPRUDENCIA PUNIBLE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 52
Se establece la prueba de la existencia de una imprudencia grave generadora del daño causado, si el inculpado, sin cerciorarse previamente y sólo pensando o suponiendo que la pistola no tenía ningún cartucho, apuntó hacia el frente y jaló el llamador produciendo el disparo.
Precedentes
Amparo directo 2948/61. Enrique Serrano Olivarría. 30 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.