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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 59
RAPTO, ESENCIA DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Segunda Parte; Pág. 59
La esencia del delito de rapto es el que el apoderamiento traiga como consecuencia la sustracción de la mujer a su medio habitual de vida. Ahora bien, si el acusado obligó a la menor mediante violencia física a acompañarlo a un lugar solitario para en él realizar la cópula violenta, tal hecho no puede estimarse configurativo del rapto, por constituir el simple medio violento precedente y necesario para poder ejecutar la acción integrativa de la violación.
Precedentes
Amparo directo 4038/61. Cornelio Zaragoza Cárdenas. 9 de octubre de 1961. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Juan José González Bustamante.