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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260706
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 9
ABUSO DE CONFIANZA Y ROBO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 9
Lo esencial para la tipificación del abuso de confianza radica en que las cosas objeto del delito se hallen en poder del agente por un acto jurídico que no le haya transferido el dominio pero sí la tenencia. Ahora bien: hay robo calificado, si la calidad de almacenista del acusado no le dio la posesión de los bienes, de modo que pudiera dar destino a los mismos, pues su misión únicamente consistía en recibirlos y entregarlos según instrucciones de sus jefes, lo cual significa que carecía de la tenencia exigida por el artículo 382 del Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 2086/61. Antonio Ceballos Peral. 8 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.