Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260753
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260753
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 73
MADERA. DELITO PREVISTO EN EL ARTICULO 53 DE LA LEY FORESTAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Segunda Parte; Pág. 73
El cuerpo del delito previsto por la fracción V del artículo 53 de la Ley Forestal, quedó demostrado con la comprobación de que el acusado contrató los servicios de varios vecinos para que acarrearan la madera que había quedado en el comisariado ejidal, después de una explotación anterior, sin que el acusado que la compró, haya pagado el derecho de monte, así como con los testimonios en que se afirma que al reo se vendió esa madera sin el permiso correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 1393/59. Alvaro Salgado González. 20 de septiembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.