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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
260776
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 9

AGRAVIOS DEL MINISTERIO PUBLICO, NO DEBEN SUPLIRSE (LEGISLACION DE CHIAPAS).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 3676/61. Francisco Díaz Velázquez. 21 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Registro digital (IUS): 260776