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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 13
CASO FORTUITO, LIMITE DE LA CULPABILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 13
Es claro que quien obra sin intención ni imprudencia, no delinque, por ser el caso fortuito el límite de la culpabilidad.
Precedentes
Amparo directo 4319/61. Abel Martínez Hernández. 11 de agosto de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.