Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260814
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 40
LEGITIMA DEFENSA, IMPROCEDENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 40
Si el ahora quejoso había logrado desarmar a la víctima, y lo había derribado al suelo, en tales condiciones indudablemente que estuvo en lo justo el sentenciador al considerar el caso como un homicidio simple intencional.
Precedentes
Amparo directo 2013/61. Juan de Dios Miranda. 18 de agosto de 1961. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.