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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 41
LESIONES, FALTA DE CERTIFICADO DEFINITIVO DE SANIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 41
Si solamente obra en la causa el dictamen rendido a raíz de los hechos, faltando el certificado de sanidad y la inspección judicial sobre las lesiones para determinar si en efecto pusieron en peligro la vida y dejan alguna consecuencia, en ausencia de prueba fehaciente sobre la clasificación de las lesiones, debe adoptarse la situación más favorable para el inculpado y condenarlo por las lesiones que tengan penalidad más leve.
Precedentes
Amparo directo 3292/61. Gregorio Luna Tapia. 16 de agosto de 1961. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Manuel Rivera Silva.