Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260819
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
260819
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 48

PENA, NO PUEDE EL JUEZ CONSTITUCIONAL FIJARLA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 48

Precedentes

Amparo directo 2941/61. Otilio Cruz Reyes. 14 de agosto de 1961. Mayoría de tres votos. Ausente: Manuel Rivera Silva. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 260819