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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260830
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 63
RIÑA, PROVOCACION EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 63
El hecho de haber manifestado el ahora quejoso a la víctima, tener noticia de que decía que lo había robado en el juego de cubilete, no es razón para ser considerada como una provocación suficiente para el desarrollo de la contienda de obra.
Precedentes
Amparo directo 2570/61. Reynaldo Ahumada Rangel. 18 de agosto de 1961. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.