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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 68
SENTENCIAS, SANCIONES IMPUESTAS EN LAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Segunda Parte; Pág. 68
Aun en el supuesto de que se hubiese recuperado el importe total del robo, la condena a la reparación debió decretar dándola por satisfecha, de igual manera que tratándose de la pena de prisión, ya que por haber estado en la cárcel el acusado mayor tiempo del que amerita la sanción se le absuelva del delito, sino se le condena y se declara purgada la pena.
Precedentes
Amparo directo 7367/60. Ernesto Mauricio Valladares Vega. 9 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.