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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260841
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 19
AGRAVIOS, NO SUPLENCIA DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 19
La ley procesal excluye la suplencia en la expresión de agravios cuando es el Ministerio Público quien los debió formular, y autoriza únicamente dicha suplencia en beneficio del acusado.
Precedentes
Amparo directo 7515/60. Tomás Barrientos Barrientos. 25 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.