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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 33
CHEQUES SIN FONDOS, EXPEDICION DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 33
Los abonos hechos directamente por el girador, en pago de un cheque, no cambian la naturaleza jurídica del documento ni impiden que se consume el delito previsto en el artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, si se reúnen los elementos de esa infracción penal, conforme a la actual jurisprudencia de esta Corte, al respecto, quedando sin efectos la que se había establecido con anterioridad, sobre la desnaturalización jurídica de los cheques, por aquella circunstancia.
Precedentes
Amparo directo 6822/60. Juan Vázquez Cohen. 7 de julio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.