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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
260880
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 73

PENAS, AL INDIVIDUALIZARLAS ES INDISPENSABLE EXPRESAR LAS CIRCUNSTANCIAS QUE INFORMARON EL ARBITRIO.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo directo 2019/61. Antonio Gil Cahuich. 5 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 260880