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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260889
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 87
REPARACION DEL DAÑO, DEBER DE FUNDAR Y MOTIVAR LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 87
La condena a la reparación del daño es una afectación a la esfera del gobernado y todo mandamiento de esa naturaleza debe estar fundado y motivado, sin que baste la sola expresión de voluntad del órgano de autoridad para estimarse que se ha satisfecho la exigencia del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo directo 1689/60. Ambrosio Bautista Jaramillo. 5 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.