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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 88
REPARACION DEL DAÑO (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 88
La ley del Estado de Aguascalientes no contiene como la ley del Distrito, la exigencia de que se atienda a la capacidad económica del obligado para los efectos de la reparación del daño.
Precedentes
Amparo directo 1894/61. Rodolfo Valdez Macías. 28 de julio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.