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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 90
ROBO ENTRE CONYUGES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Segunda Parte; Pág. 90
Tratándose del delito de robo que se persigue de oficio y no existiendo comprobación legal del carácter de cónyuge de la ofendida, es indudable que no debe declararse extinguida la acción penal, cuando media perdón de ésta.
Precedentes
Amparo directo 1393/61. Adalberto Guerrero Abad. 10 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.