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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260939
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 37
ENERVANTES, POSESION Y TENTATIVA DE TRAFICO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 37
Aun cuando el acusado es toxicómano, tal circunstancia no lo releva de la responsabilidad penal en la posesión del enervante, ya que se demostró plenamente de conformidad con su confesión y demás constancias, que la posesión de la misma no estaba destinada exclusivamente a su uso personal, ya que pretendió realizar actos de tráfico con ella, sin haber logrado su propósito por causas ajenas a su voluntad, configurándose por ello la tentativa de tráfico.
Precedentes
Amparo directo 8567/60. Lucas Flores Hernández. 9 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.