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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 38
FRAUDE, REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Segunda Parte; Pág. 38
El delito se consuma en el momento mismo de su comisión y no puede en forma alguna estimarse que por el solo hecho de pagar lo defraudado al o los ofendidos, deje de existir el delito.
Precedentes
Amparo directo 4499/60. Rubén Hernández Meaves. 9 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.