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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 13
CHEQUES SIN FONDOS. PENALIDAD APLICABLE EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 13
El artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de veintitrés de agosto de mil novecientos treinta y dos, previene que el librador de un cheque sufrirá la pena del fraude, y el artículo 386 del Código Penal de diecisiete de septiembre de mil novecientos treinta y uno en vigor al promulgarse la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, establecía que la pena aplicable al delito de fraude era de seis meses a seis años de prisión; mas si la reforma de mil novecientos cuarenta y seis que escalonó las penas para el delito patrimonial de fraude no derogó ni expresa ni tácitamente el mencionado artículo 386, debe considerarse que este precepto quedó incorporado, en lo que se refiere al libramiento de cheques sin fondos, al texto del artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, señalando la pena aplicable, conclusión que resulta congruente con la protección del bien jurídico que se pretende, pues el delito de libramiento de cheques sin fondos no atiende al daño patrimonial, sino a la desconfianza que se siembra entre el público para la admisión de cheques cuando estos se giran sin haber fondos disponibles.
Precedentes
Amparo directo 5037/60. Eduardo Fernández Olavarría. 19 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LIV, Segunda Parte, página 22, de rubro "CHEQUES SIN FONDOS, PENA APLICABLE.".