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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
260987
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 13

CHEQUES SIN FONDOS. PENALIDAD APLICABLE EN CASO DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 5037/60. Eduardo Fernández Olavarría. 19 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LIV, Segunda Parte, página 22, de rubro "CHEQUES SIN FONDOS, PENA APLICABLE.".
Registro digital (IUS): 260987