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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261005
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 34
VIOLACION, VALOR DEL TESTIMONIO DE LA OFENDIDA EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Segunda Parte; Pág. 34
Por cuanto al testimonio de la ofendida por el delito de violación, cabe subrayar que adquiere en el proceso una preponderancia fundamental, en atención a la naturaleza del delito y porque al ser careada con el acusado, sostuvo firmemente su declaración, lo que demuestra la veracidad de lo depuesto por ella, ya que por su edad (siete años), se considera que hubiera sido incapaz de sostener con toda entereza y serenidad los hechos si éstos constituyeran una imputación calumniosa como lo pretende el procesado.
Precedentes
Amparo directo 8584/60. Cornelio Moreno Moreno. 14 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.