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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 21
ATAQUES A LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION, DELITO COMETIDO POR FERROCARRILEROS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 21
Si el quejoso argumenta que dos personas sin facultades contractuales para hacerlo, ordenaron al coacusado que paralizara los cambios de vías de los patios de la estación, sosteniéndolos con clavos, lo que imposibilitó que las unidades de la empresa que se encontraban en dichos patios no pudieran tener movimiento, poniéndose en peligro de que pudieran descarrilarse los carros y las máquinas, al ignorarse la situación que prevalecía con la inmovilización de los cambios, resulta configurado el cuerpo del delito de ataques a las vías generales de comunicación, en sus elementos materiales, y que los tres acusados son responsables plenamente del mismo.
Precedentes
Amparo directo 7921/60. Emilio Reyes Alvarado. 17 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.