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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
261021
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 26

CHEQUES SIN FONDOS, LIBRAMIENTO DE; INDIVIDUALIZACION DE PENA EN CASO DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo directo 234/61. Antonio Delgado Mendoza. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Amparo directo 8727/60. José Coria Chávez. 24 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 261021