Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261027
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 34
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 34
De acuerdo con los artículos 207, 279, 174, fracción I, y 177 del código procesal penal del Distrito Federal, se tiene por comprobado el delito de fraude si el quejoso propaló con el ofendido la venta de un terreno a nombre de una sociedad civil recibiendo como enganche una cantidad de dinero, no obstante que ya no tenía ninguna representación de la sociedad, disponiendo del dinero para sus gastos personales.
Precedentes
Amparo directo 7768/60. Manuel Díaz Galván. 17 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.